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Robo y hurto – Origen de la prohibición

Robo y hurto – Origen de la prohibición

Rab Naftali Espinoza

Shulján Aruj Joshen Mishpat Simán 348:1-2 – Geneiva:

  1. Está prohibido robar (lignov)[1] incluso si es una cantidad pequeña de acuerdo con el din de la Torá y está prohibido robar, incluso si es de broma, incluso con la condición de devolverlo o para pagar el doble o para causar dolor. Todo está prohibido para que hacer esto no se haga una acostumbre.
  2. Cualquiera que robe, incluso una Prutá, ha transgredido la prohibición de no robar y está obligado a pagar, ya sea que robó dinero de un judío o que robó dinero de un no judío o uno que robó mucho o poco. Ramá: el error de un no judío, por ejemplo, se equivocó al contar o pagar sus préstamos, está permitido (aprovecharse de esta situación), y siempre que no lo sepa (el no judío), para que no haya Jilul Hashem[2]. Y hay quienes dicen que está prohibido engañarlo, excepto si comete el error por su cuenta, y luego está permitido (aprovecharse de este error).

Simán 359:1-2 – Gezeila:

  1. Está prohibido robar (ligzol)[3] o explotar (laazok) incluso cualquier cantidad, ya sea de un judío o no judío; Y si es un objeto del que se está preocupado, está permitido; como por ejemplo tomar un paquete o [tomar una astilla] de la cerca para cepillarse los dientes; e incluso esto está prohibido por el (Talmud) Yerushalmi, como una Midat Jasidut.
  2. Está prohibido robar (ligzol), incluso a condición de un pago justo (por) ello. V’yesh Omrim, que esto es así si los pagos no son evidentes; porque si son evidentes, ya que (los pagos) se prefieren por sobre el objeto (robado), ya que logran un derecho para él y él los conferiría a los propietarios por medio de otro.

Introducción

Como podemos aprender de los Saifim antes citados, cualquier tipo de robo, como por ejemplo; robar algo menor a una prutá [4], o robar para jugarle una broma a un amigo, o incluso, tomar algo de otra  persona, no por el objeto en sí, sino por el solo hecho de causarle dolor o sufrimiento, fue prohibido por Jazal, ya que, estos tipos de “robos” podrían transformarse en algo común, y más grave aún, podrían llevarnos a cometer robos reales, es decir, tomar algo por el ejercicio real de apoderarse de la propiedad ajena.

Y la halajá va un poco más allá, ya nos dice que esto aplica si el robo es efectuado a un judío como a un no judío, y no hay diferencia si es realizado en forma oculta (geneiva) o en forma pública (gezeila).

También hay otras circunstancias que pasaremos a explicar más adelante como es el caso en el que un no judío se equivocó con sus cuentas y un judío se quiere aprovechar de esta situación.

Ganav vs Gazlán

Antes de estudiar la fuente de estas halajot, veremos quién entra la categoría de Ganav (quien hace Geneiva) y Gazlán (quien hace Gezeila) lo cual es traído por el Rambam (Halajot Geneiva 1:3 y Gezeila 1:3):

¿Quién es un ladrón (Ganav)? Una persona que toma en silencio, artículos que pertenecen a un amigo, sin que el dueño lo sepa, por ejemplo, uno roba carteras y que no es detectado por el dueño o robos similares a éste. Sin embargo, si una persona toma los artículos de un amigo a la vista y en forma pública por la fuerza, no se lo considera un ganav, sino un gazlán. Por esta razón, un bandido armado que roba no se considera un ganav, sino un gazlán. Esto se aplica incluso cuando el propietario se da cuenta cuando roba.

¿Qué se entiende por ladrón (Gazlán)? Una persona que toma por la fuerza bienes pertenecientes a un amigo. Por ejemplo, una persona que confisca bienes muebles de la mano de un amigo, que ingresa en el dominio de un amigo y toma utensilios contra la voluntad de éste, que se apodera de los siervos o ganados de un amigo y los utiliza, o que ingresa al campo de un amigo y come sus productos. Estos y otros actos similares se consideran robos, como lo estudia en el libro de Shmuel II 23:21, que dice: “Y le robó la lanza al egipcio”.

Fuente de la Halajá

La fuente de esta halajá la encontramos en el Rambam, en su libro Mishné Torá, leyes de Geneiva capítulo 1:2.

El Rambam escribió lo siguiente: “La Torá prohíbe robar incluso la cantidad más mínima. Está prohibido robar como una broma, robar con la intención de regresar lo robado o robar con la intención de pagar (más tarde). Todo está prohibido, no sea que uno se acostumbre a tener esta conducta.”

Tanto en el Simán 348 como el Simán 359, el Shaj trae que desde la Guemará en Baba Kama 5a aprendemos que el ladrón, ya sea Ganav o Gazlán, esta Jayav (obligado) a pagar en forma inmediata los daños causados por el robo y para reafirmar esto, el Shaj nos trae que el Rosh, el Rif, el Nimukei Yosef y el Raashal sostienen de la misma forma.

Pago por los daños causados por el Robo

El Bet Yosef comentando la halajá escrita por el Tur, (Simán 348:5 “vehelu hatashlumnin”), nos trae al Rambam[5] quien explica lo siguiente: “La ley requiere que un ladrón pague el capital y realice el pago del doble, o cuatro o cinco veces, del valor del robo de sus bienes muebles. Si no posee bienes muebles, el tribunal evalúa sus posesiones y expropia toda la deuda de la mejor de sus propiedades, como es la práctica con respecto a otros daños, respecto de los cuales Éxodo 22: 4 establece: “Pagará de lo mejor de su campo “. Y Si el ladrón no posee bienes inmuebles, el tribunal lo vende como sirviente y le da el dinero de su venta a la persona a la que robó, como indica en el versículo 2 de Éxodo 22: “Si no tiene recursos, será vendido por su robo”.

El Bet Yosef continúa y también nos trae la Guemará en Baba Kama 4b que nos dice que “Rab Jiya dice que hay 24 categorías primarias de daños; Pagar el doble, Cuatro veces, Cinco veces… ya sea robo o asalto”, pero continua el Bet Yosef y finaliza trayéndonos la continuación de la Guemará en la página 5a la cual dice “Rabi Abahu dijo: Todos ellos son caracterizados como primera categoría, y por lo tanto debe pagar de lo mejor de su propiedad”. Y así es como también opina el Baj[6] “pagara de lo mejor que tiene”.

En lo que se refiere a la halajá lemaasé, veremos en los seifim posteriores, que principalmente se debe pagar los montos afectados en el robo, y no necesariamente el doble, cuatro o cinco veces.

Bz”H continuaremos desarrollando este tema en los próximos dias.

Kol tuv

Rab Naftali Espinoza, Rosh Yeshivá Pirjei Shoshanim Israel

[1] En este caso, Robar (lignov) se refiere a robar en lo oculto, lo que se conoce como hurto, ya que no se hace en presencia de los dueños, ni tampoco se usa la fuera al cometer el robo.

[2] Profanar el Nombre de Hashem.

[3] En este caso, Robar (ligzov) se refiere a robar en público, lo que se conoce como asalto, ya que se hace en presencia de los dueños, y normalmente se usa la fuera y violencia para cometer el robo.

[4] Prutah (פרוטה) era una antigua moneda judía de cobre de bajo valor. Una barra de pan en la antigüedad valía aproximadamente 10 prutot (plural de prutah). Una prutah también valía dos leptas (leptones singulares), que era la denominación más pequeña acuñada por los reyes de la dinastía hasmonea y herodiana. En la halajá se usa normalmente para dar a entender que es el valor más ínfimo que puede costar algo.

[5] Hiljot Geneiva 3:11.

[6] Simán 348 (ט) sobre el Tur.

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