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Objeciones a la venta convencional del Jamets

Objeciones a la venta convencional del Jamets

Rab Yosef Bitton

¿Vender o no vender el Jamets antes de Pésaj?

En mi opinión, uno de los textos mejor documentados que nos permite comprender los detalles acerca del debate alrededor de la validez de la venta de Jamets que realizamos en nuestros días, es la respuesta, escrita por el Rab Eliyahu Zini, un rabino que es también profesor de matemáticas en el famoso Instituto Technión de Haifa.

El Rab Zini explica que el precedente para la venta del Jamets es la Toseftá que dice que, si un judío, se encuentra en un barco y lleva con él mercancía Jamets, en el caso que su barco se atrase y no pueda llegar a puerto antes de Pésaj, como estaba planeado, el Yehudí le puede vender su Jamets a un no judío, y al término de Pésaj, se le permite comprarlo nuevamente de él.

Este caso fue considerado por los rabinos como excepcional: se trata de una persona que está en medio del océano y que para no perder su capital no le queda otro recurso más que vender toda su mercancía para no pasar por la prohibición de poseer Jamets. El Rab Zini trae muchas fuentes, especialmente del tiempo de los Gueoním, que sostienen que esta Toseftá contempla un caso excepcional y no pretende “normalizar” la venta ficticia del Jamets como una forma de deshacerse del mismo.

La Mishná y la Guemará, desarrollan ampliamente el tema de las maneras de deshacerse del Jamets (quemarlo, echarlo al mar, alimentar a las aves, etc.) pero nunca se menciona, ni se discute, ni se considera el concepto de la “venta” del Jamets como una de las maneras de desposeerse del Jamets. Más aún, si adoptásemos el método de venta convencional del Jamets que se practica en nuestros días, todas las reglas que los rabinos instituyeron respecto al Jamets -la búsqueda de Jamets, la eliminación del Jamets y la anulación de Jamets- se vuelven insignificantes y completamente innecesarias. Siguiendo la Toseftá, los rabinos sefaradíes autorizaron la venta de Jamets a no judíos solamente en casos excepcionales, como por ejemplo: una tienda de alimentos, y solamente bajo condiciones muy estrictas, como veremos a continuación.

En el caso de la Toseftá, hubo una transferencia de la mercancía del judío al no judío. En otras palabras, el no-judío tomó posesión física de los productos Jamets (משיכה), lo cual no ocurre en el proceso de venta convencional que se hace hoy en día donde solo hay que firmar un formulario. El Rab Zini cita varias fuentes que afirman que, si la mercancía permanece en la casa del judío, eso sería un signo inequívoco de ha’rama, es decir:  transacción ficticia. Este requerimiento, que los productos sean transferidos a la casa del no judío, se trae como pre requisito para dar validez a la venta de Jamets por el Terumat HaDeshen, quien es la base del Bet Yosef en este tema. El Rab Zini también menciona a los Gueoním y Rishonim que mencionan la Toseftá, enfatizando que la venta de Jamets tendría validez únicamente, en caso de ser real (ובלבד שלא יערים), es decir, cuando es total y no cuando se sabe que voy recuperar mi jamets luego de Pésaj.

Otro elemento que también es considerado como un signo de הערמה, “ficción” , “mala fe” es que la venta de jamets convencional es premeditada. Me explico:  la mayoría de los rabinos indican que la Toseftá se refiere a un caso excepcional, dónde alguien involuntariamente queda durante Pésaj en altamar por un retraso que no era previsible. Así como indica Maimónides, הגיע השעה החמישית , “llegó la hora de deshacerse del Jamets en la víspera de Pésaj y esta persona no tiene otro recurso”. En términos Halájicos este tipo de situaciones se conoce como: “She’at Hadajac”, un caso extremo que es un equivalente de “Bedi’abad”, “a posteriori. Pero esa Toseftá no contempla cuando alguien deliberadamente “vende” su Jamets de manera convencional para eludir la Mitsvá de desechar el Jamets. Para estos Posquim, es un signo inequívoco de que la venta no es sincera y por lo tanto carece de validez.

Otro punto que trae Rab Zini es, que una transacción de venta válida implica que el comprador es enteramente responsable por la mercadería que compra. Es decir, una vez que el comprador no-judío paga el anticipo del valor total, el Jamets le pertenece. La diferencia de dinero queda como una deuda.  El hecho que el comprador no ha liquidado su deuda no afecta su responsabilidad (o sea derecho) sobre la mercadería en cuestión. En estas condiciones, la responsabilidad total por la mercancía debería ser del comprador. Por lo tanto, supongamos que yo vendí una caja de botellas de whisky de la manera convencional, y la mantengo en mi casa. Si es whisky es robado o se rompe, ¿quién se hace responsable? ¿El comprador? ¿Me pagará el después de Pésaj por la mercadería robada?  Todos sabemos que no. Este no es el caso en los términos prácticos de la venta de convencional del Jamets. En la practica, el comprador no tiene ninguna responsabilidad legal por los productos Jamets que supuestamente son suyos. Lo cual es la mejor evidencia de es Jamets no le pertenece.

La opinión en la cual se basan las autoridades rabínicas que aceptan como válida esa venta legal pero ficticia del Jamets es la del Jatam Sofer (1762–1839). Apoyarse en esta opinión, desestimando la opinión de la mayoría de los rabinos que exigen deshacerse realmente del Jamets o venderlo sin intención de recuperarlo, sería una lenidad excepcional, especialmente para los judíos sefaradíes que nunca adoptaron esta práctica.

Incluso entre los rabinos Ashkenazim este tipo de venta ficticia fue criticada. El principal portavoz de esta crítica, fue, no otro que, el Gaón de Vilna  (1720–1839) quien afirmó que, quien vende su Jamets de esta manera (con הערמה) viola, dos prohibiciones bíblicas bal yeraé y bal ymatsé y no cumple, con el mandamiento bíblico positivo (tashbitu).

Recomiendo que la primera opción sea deshacerse de todo el Jamets que uno tiene en su propiedad, como lo hicieron las familias sefardíes durante TODA su historia.

Vender el Jamets de manera convencional, a través de un formulario de venta y conservando el Jamets en la casa propia, es una lenidad que un Yehudí yere shamayim debería evitar.

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