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Los derechos de la esposa judía

Los derechos de la esposa judía

Rab Yosef Bitton

La Ketubá, acta de matrimonio judío, establece las obligaciones del marido hacia su mujer. Cuando el novio declara a su futura esposa que la está tomando legalmente como su esposa “de acuerdo con la ley de Moisés e Israel”, el novio acepta todas las responsabilidades de un honorable marido judío.

En la Perashá de esta semana, Mishpatim, la Torá establece las tres obligaciones principales del marido hacia su esposa

1. she-erah: proporcionar a su esposa su sustento

2. kesutah: abastecer a su esposa de su ropa y su residencia

3. ‘onatah: convivir con ella.

1. Sheerah. La primera responsabilidad del marido es mantener a su esposa económicamente. Este es el primero de los 3 deberes establecidos por la Torá (Éxodo 21:10), que en el lenguaje de los rabinos se llama “mezonot” (“comida”, la pensión alimenticia).

Algunas ilustraciones de Maimónides sobre este punto, tomando en cuenta los usos y costumbres de la época del Talmud:

MT, Ishut 12:10-11: “El marido está obligado a suministrar comida a su esposa y a sus hijos de acuerdo con sus medios materiales. Una persona pobre solamente deberá proporcionar dos comidas al día. Mientras que un marido en buena posición debe proveer a su mujer y familia alimentos nutritivos (carne, pescado, o lo que sea la costumbre local de las personas afluentes) todos los días”.

MT, Ishut 12:16-17: “Si el esposo se va de su casa por un viaje de negocios en el extranjero (en la antigüedad la gente viajaba al extranjero durante meses o años, y prácticamente no había ninguna posibilidad de comunicación. YB) y la esposa se queda sin medios materiales para obtener sus alimentos, la corte rabínica puede confiscar y vender las propiedades del marido, sin su consentimiento explícito, para proveer de alimentos a su esposa e hijos, con la condición de que hayan pasado por lo menos tres meses desde que el marido salió de su casa. La corte rabínica asume en principio que cuando un marido judío responsable sale de viaje generalmente deja a su familia lo necesario para mantenerse por lo menos por 90 días.

2. Kesutah. Literalmente significa “su ropa, o su vestuario”. El marido judío está obligado a proporcionar a su mujer la ropa adecuada, los muebles necesarios y un lugar de residencia.

Ilustraciones: Vestimenta: El marido tiene que suministrar a su mujer la ropa apropiada para cada estación del año. En cuanto a la calidad del vestuario, la regla es que el marido debe proveer a su esposa con un nivel de ropa de acuerdo con: a) lo que el marido puede permitirse, y b) la costumbre local. Por ejemplo, las necesidades sociales de una mujer que vive en el campo no son las mismas necesidades de una mujer que vive en la ciudad (Maimónides, MT ishut 13: 2). Esta categoría también incluye la obligación del marido de proporcionar a su esposa artículos que no son de primera necesidad (o superfluos), tales como joyas, cosméticos, etc., a un nivel que resulte del balance entre las posibilidades financieras del marido y las necesidades sociales de la esposa (13:4).

Lugar de residencia: El lugar de residencia a veces se registra por escrito en la Ketubá, si el marido y la mujer lo han acordado de antemano. Si el marido desea cambiar el lugar de residencia acordado, se espera que la esposa no se oponga. Algunas excepciones son:  1. Un barrio de mala reputación (13:15): la esposa puede negarse a trasladarse a una ciudad o un vecindario violento o corrupto. 2. Israel: si la pareja acordó vivir en Israel, la esposa puede negarse a salir de Israel; o si viven en Jerusalem, ella puede negarse a salir de Jerusalem. (13: 19-20). En este caso, no have falta ninguna otra razón de parte de la esposa para justificarlo.  

3. ‘Onatah. En la Ley bíblica, se conceden de manera explícita los derechos conyugales a la esposa. La Torá indica en Éxodo 21:10 que el marido “no debe privar a su esposa de su comida, su ropa y sus derechos conyugales”. En las palabras de Maimónides, un marido que priva a su mujer de intimidad, deliberada o maliciosamente, transgrede la obligación de ‘onatah, y es un causal válido de divorcio. Esto no se aplica, sin embargo, cuando, por ejemplo, hay temas de salud de por medio. (MT, ishut 14:7).  El Talmud también analiza la frecuencia esperada de los deberes conyugales del marido, en base a su ocupación y trabajo (14: 1). También se espera que la esposa cumpla con sus deberes conyugales. Y una mujer que sin una razón justificada (kede letsa’aro) niega permanentemente a su marido de sus derechos conyugales, se considera una esposa rebelde (moredet) y pierde el derecho a la compensación establecida en la Ketubá en caso de divorcio (14: 9).

Es importante aclarar que el propósito principal de Mitsva de ‘ona es reforzar el vínculo de amor entre esposo y esposa, y que el esposo nunca deje de prestarle la atención debida a su esposa. En una Mitzvá separada, la Torá indica el mandamiento de tener hijos (perú urbú). Vale aclarar que la Mitzvá de ‘ona, intimidad (el eufemismo hebreo dice literalmente: “pasar tiempo con ella”) es independiente de la intención de procreación. Por lo tanto, incluso cuando la concepción no es posible –durante el embarazo o cuando la mujer está bajo tratamiento por control de la natalidad, o cuando la esposa ya no puede tener hijos– se espera que la pareja siga manteniendo una relación íntima activa.

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