Rabino Yojanan Zweig
“…Si un hombre muere y no tiene hijo, harás que su herencia pase a su hija” (27:8)
El Sefer Hajinuj, al tratar las leyes de herencia, dictamina lo siguiente: Aunque la Torá establece directrices en materia de herencia, no existe obligación para un padre de dejar herencia a un hijo. Este imperativo se encuentra únicamente con respecto a las naciones del mundo. 1
Es propio de la naturaleza de todo padre judío preocuparse por el bienestar económico de su hijo, con especial énfasis en garantizar su seguridad incluso después de su muerte. La decisión del Jinuj parece contraria al carácter innato del judío.
Una pregunta similar puede plantearse respecto a la norma del Talmud. El Talmud afirma que un padre solo debe preocuparse por el bienestar económico de su hijo hasta los seis años. 2 ¿Cómo podemos comprender que un padre judío permita que su hijo sea económicamente independiente a los seis años?
La bondad define la naturaleza judía. Por lo tanto, no cabe duda de que un padre judío asumirá la responsabilidad de su hijo de seis años. La Torá transmite al niño el mensaje de apreciar todo lo que sus padres hacen por él, pues su ayuda económica surge de la compasión, no de la obligación. Además, comprender la motivación de sus padres para apoyarlo fortalecerá el amor del niño hacia ellos. De igual modo, el hecho de que la Torá no exija a los padres dejar herencia inculca en los hijos la comprensión de que lo que recibieron de sus padres fue motivado únicamente por el amor, y no por la obligación.
1. Mitzvá 400 2. Ketubot 49b
















