Rab Naftali Espinoza (Rosh Yeshivá Pirjei Shoshanim Israel)
Está escrito en el Shulján Aruj Joshen Mishpat 339:1
Es una mitzvá pagar el salario de un trabajador a tiempo, y quien retrasa esto viola un mandamiento negativo. Esto se aplica igualmente a los salarios por trabajo humano, trabajo animal o por el uso de herramientas, pero hay quien dice que esta transgresión no se aplica al pago de la tierra.
La fuente de esta Halajá está en el Séfer Devarim 24:15. Aquí, la Torá establece claramente que existe la obligación de pagar a un trabajador a tiempo.
El Tur también sostiene:
“Es una Mitzvá dar a tiempo a un trabajador su salario, si se retrasa transgrede un mandamiento negativo.”
En Bava Metzia 111a, la Mishná aclara que esta prohibición se aplica igualmente a:
I. Pagar por el trabajo de una persona, el trabajo de su animal o el de sus herramientas o artículos. La Guemará (111b) explica que esta regla proviene del verso: “No engañarás a un trabajador asalariado pobre o indigente entre tus hermanos ni a un prosélito que esté en tu tierra…”
II. La Guemará explica que las palabras “en tu tierra” se refiere a todo lo que hay en tu tierra,
1. Significa trabajo humano,
2. Trabajo animal,
3. Alternativamente, Herramientas.
¿Esta ley se aplica también al pago por el uso de la tierra?
Por ejemplo, una persona alquila su campo para cultivarlo durante un tiempo determinado.
El Ramah (traído el Tur) escribe:
A. La sentencia no se aplica a la tierra.
B. Esto se debe a que la Torá dice en este “Todo lo que hay en tu tierra”.
C. La Guemará continúa explicando (ibid. 111b) “‘todo lo que hay en tu tierra’, pero no toda tu tierra”.
D. Es decir, la tierra de una persona está excluida de esta enseñanza.
El Shuljan Aruj sostiene como el anterior, escribiendo,
Es una Mitzva pagar el salario de un trabajador a tiempo, y uno que se retrasa viola un mandamiento negativo.
Esto se aplica igualmente a:
1. Salarios por trabajo humano,
2. Trabajo animal,
3. Alternativamente, para el uso de herramientas.
El Shulján Aruj luego agrega que, con respecto al pago de la tierra, hay una opinión (es decir, la del Ramá) que establece que esta transgresión no se aplica al pago de la tierra.
El Sma (Seif Katan 1) plantea una pregunta: En el Seif 2, aprendemos que una persona que retiene el salario transgrede cinco mandamientos negativos. ¿Por qué, entonces, el Shulján Aruj solo mencionó uno?
El Sma responde,
· Una persona transgrede un mandamiento cuando no paga, pero tiene en mente que pagará más tarde.
· Las otras transgresiones sólo se aplican si el infractor no tiene la intención de pagar en absoluto.
· Dado que el Shulján Aruj no se refería a dónde el infractor no paga en absoluto, mencionó solo un mandamiento negativo.
¿Una persona que no paga el alquiler de un apartamento o casa viola este mandamiento?
El Pitjei Teshuvá (seif katan 1) plantea esta pregunta, que si una casa tiene el estatus de algo que está adosado al suelo (y por lo tanto tiene el estatus legal de terreno), o alternativamente tiene el estatus de algo que está en esencia separado del suelo pero que estaba unido a él, la diferencia es la ley anterior.
El Pitjei Teshuvá trae al Ketzot HaJoshen, que escribe:
La opinión del poskim es la relativa a mandamientos negativos tales como la retención de pago, una casa se considera separada y no como la tierra.
Posteriormente, el Pitjei Teshuvá trae del Sefer Shaar Hamishpat y otras obras que difieren con el Ramá anterior, que sostiene
La prohibición de mantener salarios se aplica a la ley de la tierra, y que como esta es la ley de la Torá, no se debe ser indulgente.
Quien retiene el salario de un trabajador
La fuente de esta Halajá es Bava Metzia 112a. Allí, la Guemará afirma que una persona que retiene el salario de un trabajador es como si le hubiera quitado el alma (es decir, lo hubiera matado).
Shalom
Rab Naftali Espinoza, Rosh Yeshiva Pirjei Shoshanim Israel
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