Eli Suli
7 de octubre de 2019
Tanto la historia, su autor, así como la fecha de la composición del Kal Nidre, son desconocidas, pero se sabe que ya existía en la época de los Gueonim (589-1038).
Sin embargo, hay otras opiniones, que afirman que el Kal Nidre se compuso en un periodo de persecución extrema, en el cual los Yehudim fueron forzados por la espada, a convertirse al cristianismo, entonces el Kal Nidre servía para anular esa conversión forzada.
En una época, se creía que el Kal Nidre había sido compuesto por españoles “Marranos”, judíos que se vieron obligados a convertirse al cristianismo, pero que secretamente mantuvieron su fe original.
Esta idea se ha demostrado que es incorrecta, ya que esta oración es anterior por muchos siglos.
Sin embargo, esta liturgia, sí fue de hecho utilizada por los Marranos.
Entonces, como el Kal Nidre precedió a la Inquisición española, se supone que pudo haber comenzado durante el periodo visigodo en España, en los tiempos del Rey Recaredo (586-601), después de la persecución a sus súbditos judíos.
Recaredo ordenó la conversión de los Yehudim al catolicismo, y ellos debieron acatar estas disposiciones, en contra de su conciencia y voluntad.
Con la llegada de Yom Kipur, cuando se reunían clandestinamente para ofrendar sus plegarias a DI-s, el Rabino se paraba para declarar que todos los juramentos y promesas que habían hecho eran nulos, puesto que los habían formulado bajo coacción.
Así es como el Kal Nidre usado en este preciso día, fue introducido al rezo.
Tiempo después, esta costumbre se extendió a muchas de las tierras vecinas, a través de la migración de los marranos, y fue recitada aún en época de libertad religiosa.
Aunque muchos de los famosos Gueonim (líderes de los primeros judíos babilonios medievales) no estaban de acuerdo con la costumbre de recitar el Kal Nidre, como por ejemplo el Rab Yehuda Gaón de la Yeshivá de Sura (año 760), y autor del Séfer “Halakot Pesukot”, quien prohibió el estudio del tratado talmúdico de Nedarim, que habla sobre juramentos, y de esa manera, el Kal Nidre fue desacreditado en las Yeshivot de Babel, y no fue aceptado por ellos.
Incluso más adelante, el Rab Saadia Gaón (principios del siglo 10) deseaba restringirlo, y dejarlo solo para aquellos en tiempos de persecución (“Kol Bo”).
También, uno de los Rishonim españoles del siglo 12, el Rab Yehudah ben Barzilai, en su Séfer sobre de Halajot “Séfer ha-‘Ittim”, declaro que la costumbre de recitar Kal Nidre era injustificable y engañosa, ya que muchas personas ignorantes creían que todos los juramentos se anulan a través de este rezo.
Incluso Rab Amram Gaón, en su Sidur, llama a la costumbre de recitar el Kal Nidre, “Minhag Shetut” (costumbre de tontos).
Sin embargo, el mismo Rab Amram Gaón, escribe que la costumbre de recitar Kal Nidre, ya se había extendido en varios lugares de la diáspora judía, y que ya era una costumbre generalizada, de recitarlo en su época (siglo 9) en toda España.
Por la misma razón, Rabenu Yerujam, que vivió en Provenza a mediados del siglo 14, insistió contra aquellos, que confiando en el Kal Nidre, hacían promesas de manera imprudente, y los declaró “Edim Pesulim” testigos prohibidos para der testimonio.
Entre otros opositores al Kal Nidre, estaba también el “Ritva” Yom Tov Ashvilli (Sevilla 1330) en su “Jidushim”, así como el Rab Isaac ben Sheshet “Ribash” rabino en Zaragoza (1406).
Junto con el Kal Nidre, se desarrolló también otra costumbre, en la época del Rab Meir de Rothenburg “Maharam” (1293), y es lo que se lee antes, y que comienza diciendo:
“BI-YESHIVAH SHEL MA’ALAH” (por autoridad de la Corte Celestial…), que da permiso a los transgresores de la ley “AVARYANIM” (pecadores), a unirse a las oraciones de la congregación, como un esfuerzo para inspirar su regreso en TESHUVA.
Esta adición fue posteriormente aprobada en los Majzorim, por el rabino de Mainz, Yacob ben Moshé Moelin, “el Maharil” (1427).
Posteriormente, desde Alemania, esta costumbre se extendió a Francia, España, Grecia, y con el tiempo, fue adoptada por todas las comunidades del mundo.
Pero ocurría a menudo, que cuando los “Anusim” visitaban a sus parientes en los Yamim Noraím, en las sinagogas portuguesas de Amsterdam y Hamburgo, muchos se oponían a admitirlos en su congregación, argumentando que los marranos debían haber huido y abandonado todas sus posesiones en España, en lugar de quedarse, y someterse a una conversión externa.
Es por ese mismo motivo que los Jajamim de aquella generación, ordenaron recitar la siguiente frase:

“Invocando a Akadosh Baruj-hu, y con la anuencia de
la congregación, declaramos que nosotros permitimos orar junto a los
transgresores, es decir, los “AVARIANIM”, o sea, los marranos”.
Pero la historia del “Kal Nidre no termina aquí.
Desgraciadamente, en muchas ocasiones, esta oración ha sido utilizada por no judíos, como base para afirmar que un juramento de un judío no puede ser confiado.
Históricamente, esta acusación fue hecha tan a menudo y tan persistentemente, que muchos jueces gentiles, negaron permitirles a los judíos tomar un juramento, basando sus objeciones principalmente en esta oración.
Es por eso, que el 24 de junio de 1240, Rabí Yejiel de París, se vio obligado a refutar la acusación hecha por el judío renegado Nicolás Donin, en presencia del Rey Luis IX y la Reina Madre Blanca de Castilla, venciéndolos al demostrar con pruebas, que Kal Nidre no absuelve a un judío de guardar la promesa hecha al prójimo.
También en 1656, el Rab Manashe Ben Israel, tuvo una experiencia similar en sus negociaciones con Oliver Cromwell, por la readmisión de los judíos en Inglaterra.
Incluso más adelante, en 1857, el gobierno ruso, decretó que los libros de oración de Yom Kipur, deben incluir como introducción al Kal Nidre, una explicación hebrea, en la que se declara explícitamente, que esta anulación, es únicamente aplicable a aquellas promesas que involucran a la persona que las hace, y a ninguna otra persona.
Aunque es bien sabido, que los rabinos siempre han enseñado, que la anulación de las promesas en el Kal Nidre, se refieren sólo a aquellas que un individuo voluntariamente asume por sí solo, y en el que no participan otras personas o sus intereses.
El primer versículo, termina con un calificativo para todas las formas de promesas y votos, que se anulan “נַפְשָׁתָֽנָא עַל” con respecto a “nosotros mismos”, por lo cual, esta fórmula se limita a anular aquellas promesas que afectan sólo a nosotros mismos, pero no las promesas que afectan a cualquier otra persona.